abril 25, 2009

Decreto Presidencial VS. Virus de Influenza





PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SALUD




DECRETO por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 4o., tercer párrafo, 73, fracción XVI, bases 1a a 4a de la propia Constitución; 3o., fracciones III, XV y XVII, 4o., 6o., fracciones I y V, 7o., fracciones I y XIII, 13, apartado A, fracciones V, VII bis, IX y X, 15, 33, fracción I, 133, fracción II, 134, fracción II, 135, 139, 140, 141, 143, 147, 148, 150, 152, 181 a 184, 402 y 404 de la Ley General de Salud; 41, fracciones II y V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y



CONSIDERANDO



Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del marco constitucional y legal aplicable;

Que es deber del gobierno mexicano implementar las medidas preventivas, de control y combate a cualquier enfermedad transmisible que pueda constituir una amenaza a la salud humana, al orden o la paz públicos;

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a., que en caso de epidemias de carácter grave, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables;

Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas aludidas en el considerando anterior, será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por todas las autoridades administrativas del país;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3o., fracciones XV y XVII, de la Ley General de Salud, la prevención y control de las enfermedades transmisibles, así como la prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre, son materias de salubridad general;

Que el artículo 133, fracción II, de la Ley General de Salud, dispone que la Secretaría de Salud establecerá y operará un Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, de conformidad con lo que dicha ley establece y las disposiciones que al efecto se expidan;

Que un nuevo tipo de virus se propagó en la Ciudad de México y sus alrededores, causando al menos veinte muertos en los últimos días y poniendo a partir del viernes 24 de abril en alerta a dicha zona;

Que la autoridad sanitaria federal determinó que no se trata del virus habitual de la influenza estacional, sino que es mutante de un virus que tiene origen porcino, y

Que en este orden de ideas, y atento al imperativo de que todas las acciones del Gobierno Federal se conduzcan con pleno apego a Derecho, he tenido a bien expedir el siguiente



DECRETO



ARTÍCULO PRIMERO.- El Secretario de Salud, implementará, pondrá en práctica, coordinará y evaluará, todas las acciones que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica objeto del presente Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Salud, con el propósito de combatir la epidemia y cuando lo estime pertinente, implementará de manera inmediata en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las acciones ejecutivas siguientes:

I. El aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;

II. La aplicación de sueros, vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos;

III. La inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos;

IV. El ingreso a todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades dirigidas al control y combate de la epidemia;

V. La utilización de todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes;

VI. La adquisición a nivel nacional o internacional, de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías, objetos, bienes y servicios que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de agotar el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla;

VII. Importar y autorizar la importación de los bienes y servicios citados en el inciso anterior, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este decreto;

VIII. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales o centros de espectáculo;

IX. La encomienda a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los profesionales técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, el desempeño de las actividades que estime necesarias;

X. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos;

XI. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia;

XII. La solicitud de auxilio o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas, y

XIII. Las demás que determine la propia Secretaría de Salud.

ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Salud, a través de su Titular, realizará todas las acciones que resulten necesarias, a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas en el presente Decreto, e informará cada doce horas al Presidente de la República sobre la situación existente.

ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de Salud establecerá números telefónicos de urgencia para atender a la población, a efecto de orientarla o para que se reporten casos de influenza estacional epidémica.

ARTÍCULO QUINTO.- Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a coordinarse y brindar los apoyos necesarios para la instrumentación de las medidas de prevención y control del brote de influenza presentado en nuestro país.

ARTÍCULO SEXTO.- Se conmina a los particulares a brindar los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas en materia de salubridad general.



TRANSITORIO



ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá vigencia en tanto dure la situación de contingencia prevista en el mismo.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a 24 de abril de 2009.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos.- Rúbrica.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el sábado 25 de abril de 2009.

Cuando el surrealismo se vuelve... realismo!

René Magritte - Los Amantes (1928)
Los Amantes Contemporáneos (2009)
Estimad@s cibernautas: qué les parecen estás fotos que aparecen en el portal del diario británico "The Guardian":

http://www.guardian.co.uk/world/gallery/2009/apr/26/swine-flu

abril 24, 2009

¿Qué es la influenza y cómo prevenirla?

El Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias ofrece información sobre la influenza, su contagio, su prevención y su atención médica:

¿Qué es la influenza?

Enfermedad de las vías respiratorias causada por un virus extremadamente contagioso, existen tres tipos diferentes de virus (A, B, C) los cuales pueden mutar (cambiar), y existen varios subtipos. Es más frecuente en otoño e invierno. Es importante por que afecta a todas las edades, y en mutaciones importantes del virus suele causar complicaciones graves e incluso la muerte en un gran número de personas, frecuentemente niños y ancianos.

¿Es lo mismo el resfriado común que la Influenza?

No; aunque ambas son enfermedades respiratorias agudas y tienen síntomas comunes, el microrganismo que causa la Influenza es diferente al que causa el resfriado o gripe común.

¿Cómo se contagia la Influenza?

De persona a persona a través de las secreciones de nariz y boca (toser, estornudar, hablar, cantar) o por contacto directo (las manos, cuando el enfermo no se las lava, los besos). Es muy contagiosa (3-7 días una vez que inician los síntomas) y de mayor riesgo cuando ocurre en lugares cerrados (estancias, guarderías infantiles, escuelas, asilos, albergues, entre otros). Se estima que ante una epidemia esta podría recorrer el mundo en un periodo de 3 a 6 meses.

¿Cuáles son los signos o síntomas para sospechar de Influenza?

Inicio súbito (el enfermo recuerda muy bien el momento de inicio) con fiebre, dolor de cabeza, dolor intenso de músculos y articulaciones, cansancio excesivo, lagrimeo, dolor de garganta y tos.

¿Cómo se realiza el diagnóstico de Influenza?

Es necesario que un médico lo estudie para realizar un examen clínico detallado e investigue antecedentes de otros enfermos, contactos y viajes. El diagnóstico se realiza mediante la identificación del virus en secreciones de nariz o laringe (aislamiento viral) durante las primeras 24-72 horas de iniciada la enfermedad, o mediante el estudio de sangre para identificar anticuerpos.

¿La influenza se puede complicar?

Sí, un cuadro de influenza no tratado adecuadamente o asociado a otra enfermedad no controlada puede generar complicaciones, principalmente respiratorias (otitis, sinusitis, rinitis, neumonía, bronconeumonía, laringitis obstructiva), cardíacas o incluso la muerte, esto se observa frecuentemente cuando ocurren grandes brotes o epidemias. Es necesario vigilar a los niños ya que si reciben tratamiento con ácido acetilsalicílico pueden presentar encefalitis.

¿Existe tratamiento para la Influenza?

La influenza es causada por un virus, para los cuales no existe tratamiento, sin embargo hay medicamentos que hacen la enfermedad más soportable, la acorta y disminuye los síntomas, siempre y cuando se administren durante las primeras 48 horas de la enfermedad. Los medicamentos son de uso delicado, sólo el médico está capacitado para determinar si deben administrase a un paciente, ya que no están exentos de efectos secundarios.

¿Cómo se puede prevenir la Influenza?

Existe una vacuna que se ha referido como la mejor forma de prevenir la Influenza, ésta se prepara cada año considerando los tipos de virus circulantes en el mundo, es bien tolerada pero no debe aplicarse a personas con alergia a las proteínas del huevo, con antecedente de reacción grave a la vacuna o que hubiera padecido Síndrome de Guillain-Barré (seis semanas antes de la vacunación).

¿En quienes se aplica la Vacuna Antiinfluenza?

Se debe aplicar a toda la población antes de la temporada invernal, sin embargo existen grupos de riesgo prioritarios como son pacientes con enfermedades que afectan el sistema inmune, enfermedades cardiovasculares, metabólicas y renales. En los mayores de 65 años de edad con EPOC, diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares y asma. Mujeres embarazadas con alto riesgo (adolescentes, diabetes gestacional, preclampsia, eclampsia, embarazos en multíparas).

Recomendaciones generales:

1. Abrigarse y evitar cambios bruscos de temperatura.

2. Comer frutas y verduras ricas en vitamina A y C (zanahoria, papaya, guayaba, naranja, mandarina, lima, limón y piña).

3. Lavarse las manos con frecuencia, principalmente después de tener contacto con enfermos.

4. Evitar exposición a contaminantes ambientales, no fumar en lugares cerrados ni cerca de niños, ancianos o personas enfermas.

¿Qué medidas se recomiendan para los enfermos de Influenza?

1. Permanecer en casa, evite acudir a centros de trabajo, escuelas o lugares donde exista concentración de personas (teatros, cines, bares, autobuses, metro, discotecas, fiestas, etc). Esto evitará que otros se infecten a través de usted.

2. Cúbrase boca y nariz con un pañuelo al hablar, toser, estornudar. Esto evitará que las personas a su alrededor se enfermen.

3. Evite tocarse ojos, boca y nariz ya que el virus se disemina cuando una persona toca algún objeto contaminado y luego se toca los ojos, boca o nariz.

4. La influenza se puede prevenir mediante la aplicación de una vacuna que se prepara según el tipo de virus circulante en el mundo), es necesario vacunarse cada año.

5. Evite el polvo, humo del tabaco y otras sustancias que pueden interferir con la respiración y que hace a los niños más propensos a enfermarse.

Información del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER)

abril 18, 2009

Argumentación e Interpretación Jurídica

Hemos notado que en la enseñanza-aprendizaje del Derecho no se ha privilegiado la posibilidad de que el alumno construya sus propios conocimientos, ni se ha puesto énfasis en el desarrollo de diferentes habilidades que deben ser connaturales a un abogado: la argumentación jurídica.

Cuando egresamos de la licenciatura e ingresamos al mundo laboral, poco a poco comenzamos a percibir las carencias de distintas herramientas, nos damos cuenta que cualquier idea debe ser desarrollada coherentemente y que, para expresarla o defenderla, no es suficiente con conocer la lexicología jurídica, sino que es necesario saberla utilizar en forma apropiada.

Y es aquí cuando nos surge otra interrogante: ¿cómo y cuándo sabemos que estamos aplicando correctamente nuestros argumentos?, ¿sólo porque la parte contraria ya no supo que decir?, sin duda pareciera muy fácil entenderlo así, pero la argumentación va más allá, tan es así que al paso del tiempo se ha ido “independizando” de la Filosofía del Derecho y ha dado paso a su estudio como una Teoría de la Argumentación Jurídica, que se complementa con el estudio de las Escuelas de Interpretación, necesarias para determinar el cómo se llegó a la resolución o conclusión de algún asunto en particular.

Es así pues que, argumentación e interpretación son elementos imprescindibles e inescindibles para el derecho, y juegan un papel trascendente en la impartición de justicia, en virtud de que en muchos casos, los juzgadores se apoyan de alguna teoría o escuela para justificar sus decisiones.

Considerando lo anterior, en próximas entradas expondremos algunos puntos relativos a la argumentación e interpretación jurídica…


No olvides postear y expresar tu opinión!!!

abril 13, 2009

Foros de Debate sobre la CANNABIS

La Cámara de Diputados celebrará los días 13, 14 y 15 de este mes, a partir de las 10:00 horas, una serie de Foros de Debate sobre la Regulación de la Planta de la Cannabis en México, conforme al calendario aprobado por la Junta de Coordinación Política, en donde se establecen las mesas de trabajo y l@s expositores invitad@s. No omito señalar que la entrada es libre para todo el público interesado que desee asistir a este insólito evento en el Palacio Legislativo de San Lázaro y saber -anticipadamente- ¿a qué conclusiones llegarán?

Cabe señalar que este es un tema que ha sido puesto -de nueva cuenta- en la mesa de debate por distintos actores, entre ellos, por la Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia, integrada por los ex-presidentes Fernando Henrique Cardoso de Brasil, César Gaviria de Colombia y Ernesto Zedillo de México (ver informe final) y por la Dip. Elsa de Guadalupe Conde Gutiérrez (Partido Socialdemocráta) en sus iniciativas 1, 2 y 3.

Estimad@s cibernautas, para un poco más información sobre este tema, l@s invito a que consulten la entrada que en este espacio se publicó a finales del año próximo pasado, intitulada:

Salu2 y no olvides postear y expresar tu opinión!!!

abril 07, 2009

Hacia una Cultura del Medio Ambiente

Más allá de la parte del planeta en donde te ubiques… más allá de cualquier análisis, discusión, reflexión, debate o comentarios que se generen sobre temas jurídicos o políticos… (e inclusive, más allá del adjetivo –o adjetivos- que deseen “endosarme” en esta ocasión)… considero que existe un tema que nos debe preocupar a tod@s y en el que debemos de converger: el Medio Ambiente y su debida protección!

Estoy cierto que si nos concientizamos sobre lo que implica tener una cultura del medio ambiente, del reciclaje, del ahorro del agua, de la contaminación visual y auditiva a la que estamos expuestos y demás, podremos mejorar todo nuestro entorno.

De hecho, cabe tratar este asunto cuando
en la ciudad de México tenemos una crisis en la falta de suministro del agua y lo que falta por vivir!!! Una crisis de baja de agua en el Cutzamala!!! Parece que los guiones de películas apocalípticas se apodera de la realidad y si sigue esta tendencia no deseable, podríamos vivir en un futuro no muy lejano que el agua se convierta en el bien más preciado, codiciado y cotizado!

Por eso, cada quien –cuando menos- puede realizar una acción o una omisión tendiente a contribuir a mejorar o empeorar nuestro medio ambiente y todo lo que ello implica, así que para generar algunas reflexiones sobre el tema, les dejo los siguientes datos:

· Un galón de aceite (cocina o auto) puede contaminar hasta un millón de galones de agua (el suministro de un año para 50 personas).

· El 90% de los mariscos consumidos por los seres humanos pasan la mayor parte de sus vidas en estuarios, los cuales son bien susceptibles a contaminación por derrames de aceite.

· A una lata de aluminio le toma 500 años descomponerse, pero no existe límite para el número de veces que el aluminio puede ser reciclado.

· La energía que se conserva mediante el reciclaje de una tonelada de aluminio es equivalente al uso promedio de electricidad de un hogar en más de diez años.

· Para producir una tonelada de aluminio se necesitan 31 barriles de petróleo, mientras que sólo se necesitan 2 barriles cuando se utilizan residuos de aluminio.

· Al reciclar 1 kilogramo de latas de aluminio se evitan 9 kilogramos de emisiones de CO2.

· Al reciclar una lata de aluminio se ahorra la energía suficiente para hacer funcionar un televisor por tres horas y media.

· Recuperar dos toneladas de plástico equivale a ahorrar una tonelada de petróleo.

· La mayor parte de las bolsas plásticas, una vez desechadas, terminan en el océano, lo cual provoca que de 200 especies de animales marinos mueran a causa de ellas.

· Las bolsas de plástico son hechas con polietileno, un termoplástico obtenido del petróleo; por lo que disminuir su uso, significa también una disminución en el consumo de petróleo.

¿¿¿QUÉ Y CÓMO SEPARAR???

PAPEL: Folletos, revistas, periódicos, cuadernos, folders, bolsas de papel, sobres, cartulina y demás derivados del papel.

CARTÓN: Todo tipo de cajas de cartón, envases de cartón (no brick), paquetes, hueveras, etc...

¡¡¡No depositar!!!: papeles sucios, papel de aluminio, papel plastificado, envases tipo brick.

Si es posible, colocar solo papel y cartón limpio (por ejemplo, no manchado con comida o grasa) sin cintas adhesivas, trozos de plástico como ventanillas de sobres o grapas. No es recomendable depositar papel parafinado.

El periódico también es reciclable, aunque es de menor calidad, pero también sirve para hacer nuevos folios de periódico.

BOTELLAS DE VIDRIO: Envases de refrescos, de cervezas, etc...

FRASCOS Y TARROS DE VIDRIO: Envases de alimentos, conservas, etc...

¡¡¡No depositar!!!: espejos, bombillas, cristales, ventanas, jarrones, cerámica, ladrillos, piedra, tapas o tapones, frascos de medicamentos.

Siempre que sea posible, quitar las etiquetas de papel y otros impropios como argollas de plástico.

PLÁSTICO: Envases plásticos de productos alimenticios, botellas de PET, bolsas de plástico, envases de tetrabik, botellas de limpieza, botes plásticos de bebidas, bandejas de corcho blanco, envoltorios, film alimenticio.

METAL: Latas de conservas, botes metálicos de alimentos, aerosoles vacíos, papel de aluminio, etc...

¡¡¡No depositar!!!: cintas magnéticas, juguetes, cepillos, persianas, tuberias de pvc, cajas de alimentos, sartenes, cazos de cocina, cubiertos, electrodomésticos, envases de cartón o vidrio.

Si tienes dudas de si algo es reciclable o no, puedes checar en el envase, caja o empaque si tiene el logo abajo (el de las flechitas) ES "RECICLABLE O REUSABLE".

Como tip todo lo que es "foam" (unicel) NO es reciclable, TAMPOCO los plásticos termoformados... o sea todos esos que vienen en los juguetes de tus hijos con las formas de los muñequitos tan lindos que les compramos y todo lo que se le parezca.

TAMPOCO LA MAYORÍA DE LOS PLATOS, VASOS Y CUBIERTOS DE PLÁSTICOS QUE TANTO NOS GUSTA COMPRAR PARA NO TENER QUE LAVAR!!!

¿¿¿Y DÓNDE LO TIRO???

Por desgracia en México, o al menos en el DF creo que aún no existe un lugar gratuito donde uno pueda llevar todo esto y creo que la recolección en camiones especiales por parte de la autoridad (para variar) no ha funcionado muy bien. Pero bueno, hay algo mejor, lugares donde TE PAGAN por llevar papel, periódico, cartón, metal, aluminio y no me acuerdo que otras cosas. No te dan mucho, pero al menos ellos lo reciclan y uno se lleva unos cuantos centavos (siempre existen lugares de este tipo, cercanos a nuestro domicilio, sólo es cuestión de preguntar).

OTRAS ACCIONES:

Ya que no podemos confiar mucho en la recolección adecuada de basura por parte de nuestras autoridades, a pesar de existir un programa especial para el reciclaje de basura (puede ser consultado en
www.sma.df.gob.mx/rsolidos/index.htm), al menos nosotros -en nuestra casa- podemos hacerlo, y así contribuimos a que no se vaya todo revuelto y cuando llegue a los tiraderos, sea más fácil su separación.

Además, antes de que entren en vigor las
reformas y adiciones a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal que prohíben que los centros comerciales obsequien bolsas de plásticos para el traslado de la mercancía de los clientes, bien podemos dejar de usarlas, por ejemplo, ya existen centros comerciales que han estado vendiendo unas bolsas de tela muy resistentes y con gran capacidad, a sólo $10, de esta forma cuando vayamos al súper no tenemos que salir con las 20 bolsas de plástico que luego terminan en la basura y que finalmente contaminan!!! Un mal que dura 1,000 años!!! y l@s invito a que consulten el especial de El Universal sobre el tema: el plástico, un daño letal.

Ahora, cuando tengan una reunión, no usen vasos, platos ni cubiertos de plásticos, no sean flojos (ni sus amig@s, que les ayuden!!!) y laven los trastes, pero claro SIN DESPERDICIAR AGUA, que eso también nos afecta.

No tiren las pilas ni celulares viejos a la basura, el gobierno del DF ha puesto unas columnas donde pueden depositarlos y ellos se encargarán de que sean reciclados, consulten en esta página la más cercana a su casa
www.sma.df.gob.mx/rsolidos/index.htm, no tienen que ir cada que se acabe una, junten varias (total no ocupan mucho espacio) y cuando ya tengan suficientes o ya les haya hartado verlas en su casa las llevan y, listo, una gran ayuda al medio ambiente (además, para quienes estamos vinculados con la UNAM, prácticamente en todas las entidades académicas existen recipientes en donde podemos dejar las pilas).

Y bueno, que decir sobre usar menos el coche, no desperdiciar agua y no tirar basura en la calle (incluyendo las colillas de cigarro y
los chicles -que también son un problema de salud-!!! todo eso también es basura ehhh!!!) –inclusive- por qué no aprovechar para andar en bici?! en lo personal, a mi me gusta andar en bici!

Estimad@ Cibernauta, tu qué haces para proteger el medio ambiente y/o ahorrar agua???

Salu2 y no olvides postear y expresar tu opinión!!!

abril 01, 2009

La Extirpación de Órganos como Pena

Ante el problema de la falta de donadores de órganos en nuestro país, el pasado lunes 30 de marzo, Fernando Alférez Barbosa -candidato a diputado federal por el PRD- ha propuesto una reforma al artículo 22 constitucional consistente en que a los asesinos y a los secuestradores se les imponga como pena el que les sea retirado algún órgano, esto adicional a la cárcel.

Con dicha medida se podría dejar a un lado la discusión de la pena de muerte a asesinos y secuestradores y se podría fomentar la posibilidad de salvar vidas de aquellas personas que necesitan un órgano, por ejemplo –dijo- que en la Ciudad de México existen 18.000 personas en espera de un riñón y en Aguascalientes 10.000. De hecho, sostuvo que “siempre es mejor un donante en vida que un cadavérico, toda vez que la calidad de vida para quien lo recibe es mejor en el primero de los casos que en el segundo”.

No podemos negar que es una propuesta…. ¿humana o inhumana? o ¿buena o mala? o… cuál es tu opinión cibernauta???

Salu2 y –recuerda- que te invito a postear sobre este tema!!!